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Marco legal de la Musicoterapia en Argentina 

 

​​Para mayor información y asesoramiento acerca del marco legal y los alcances de nuestra profesión, 

comunicate con nuestra Comisión de Ejercicio Profesional.

JORNADA DE MUSICOTERAPIA Y LEGALIDAD PROFESIONAL
"Una Construcción Comunitaria Posible"
Organizado por ASAM en la Biblioteca Nacional

16 de Octubre de 2010

Encuentro: Marco Legal del Ejercicio Profesional de la Musicoterapia. Actualizaciones y Discusión.

Organizado por ASAM en el Hotel Bauen Suites.

14 de Noviembre 2009.

Ley de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia

Ley Nacional:

Ley Nº 27.153. Musicoterapia. Normas para el ejercicio de la profesión. 

Sanción: 11/6/2015

Leyes Provinciales:

Neuquén

Ley 2111. Psicopedagogo y musicoterapeuta. Normas que el ejercicio de la profesión.

Sanción: 19/04/1995; Promulgación: 28/04/1995; Boletín Oficial 26/05/1995.



Río Negro

Ley 3112. Musicoterapia. Normas para el ejercicio de la profesión.

Sanción: 29/07/1997; Promulgación: 12/08/1997; Boletín Oficial 25/08/1997.
 

Chaco

Ley 4478. Musicoterapia. Normas para el ejercicio de la profesión.

Sanción: 06/05/1998; Promulgación: 26/05/1998; Boletín Oficial 10/06/1998.
 

La Pampa

Ley 2079. Regula las actividades de la salud.
Artículos 87; 88; 89: se refieren específicamente al ejercicio de la Musicoterapia.

Sanción: diciembre de 2003.

Tierra del Fuego

Ley 710. Ejercicio profesional de la Musicoterapia.

Sanción: 29/06/2006. Boletín oficial 30/08/2006
 

Buenos Aires

Ley 13635. Musicoterapia. Régimen para el ejercicio de la profesión. Condiciones. Derechos y obligaciones de los profesionales musicoterapeutas. Prohibiciones. Registro y matriculación.

Sanción: 28/12/2006; Promulgación: 18/01/2007 (Vetada parcialmente por dec. 45/2007); Boletín Oficial 02/02/2007
 

​Entre Ríos
Ley 10134. Ejercicio Profesional de la Musicoterapia en la Provincia de Entre Ríos.

Sancion: 22/06/2012. Boletin oficial 22/10/2012.

Colegio de Musicoterapeutas de Entre Ríos: el 17 de Noviembre de 2012 quedó constituido formalmente el primer Colegio del país, quien tiene a su cargo, el contralor del ejercicio de la profesión y el gobierno de la matrícula profesional respectiva.



Matriculación



Instructivo para Matriculación Nacional



Obras sociales y prepagas

En el ejercicio de la profesión en el sub-sector de las obras sociales y en el sub-sector privado, el musicoterapeuta es un prestador de servicios de salud.
Todas las Obras Sociales y Prepagas del territorio nacional cubren la prestación musicoterapéutica ambulatoria en consultorio particular o domiciliaria, a los pacientes con Certificado Único de Discapacidad, por reintegro o pago directo al prestador.





Registro Nacional de Prestadores 

​​​​

​A partir de la sanción de la Ley Nacional de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia, los  Musicoterapeutas pueden estar incluidos en el Registro Nacional de Prestadores (RNP).





Seguros profesionales 

​​

Algunos trabajadores, en el ejercicio de su profesión, podrían llegar a causar perjuicios a terceras personas. El objetivo de los seguros de Responsabilidad Civil Profesional es hacer frente a los daños personales y materiales que, involuntariamente, por sus errores u omisiones, el profesional haya podido causar a sus clientes, así como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar. Estos seguros no sólo son una garantía para los trabajadores, sino también para quienes contratan sus servicios.
Para ser considerado mala praxis, debe haber un daño constatable en la salud del paciente, lo que comprende tanto lo físico como lo mental. Se tienen en cuenta trastornos y daños que pueden proyectarse sobre la totalidad de la vida del individuo: trabajo, relaciones sociales, etc.
Todos los profesionales de la salud que hayan participado en la atención del paciente dañado, son considerados agentes de mala praxis. Según el grado de participación de cada uno, se determina la gravedad de su accionar y la pena o sanción económica que corresponde.
Este seguro no cubre al Centro de Salud, Sanatorio, Clínica, Obra Social o Prepaga en donde se desempeña el profesional. Dichas instituciones deben tener su propio seguro, diferente al de los profesionales.





Seguro de Responsabilidad profesional para Socios de ASAM



A un costo muy conveniente se ofrece un beneficio para socios de ASAM que incluye, además de la cobertura del Seguro, el asesoramiento legal y la defensa y representación en sede penal y civil, en el caso de que así fuera requerido.

Para mayor información, comunicarse con Tesorería de ASAM asamtesoreria@gmail.com

Comision por la Ley Nacional de

Ejercicio Profesional de la Musicoterapia

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